OTRA DENUNCIA A FUNCIONARIO DEL MUNICIPIO-CASO Nº TAR-BJO 1700223- WALTER MARTÍNEZ VICTORIA: SECRETARIA DESARROLLO PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTE DEL GOBIERNO MUNICIPAL

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Publicado: lunes diciembre 4, 2017

El Ministerio Publico de Bermejo realiza el trabajo de investigación ante una denuncia realizada en fecha 04 de Julio del presente año por el Sr. Rufino Tolaba Rodríguez en, contra de la Secretaria Desarrollo Productivo y Medio Ambiente del Gobierno Municipal de Bermejo por los delitos de PECULADO, USO DEBIDO DE INFLUENCIAS Y BENEFICIOS DE RAZÓN SOCIAL, previstos y sancionados en los Arts. 142,146 y 147 del C.P y Ley 004.

RELACIÓN CIRCUNSTANCIAL DE LOS HECHOS

Sobre los actos de corrupción que se vienen dando dentro del Gobierno Autónomo Municipal de Bermejo, dentro del organigrama se encuentra la SECRETARIA DESARROLLO PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTE  teniendo como responsable al Sr. Walter Martínez  V.  Ejercicio de su cargo ha venido causando daño económico a la Institución Publica sin tomar en cuenta que los recursos públicos merecen una administración adecuada, el funcionario público ya nombrado se ha beneficiado con diferentes fondos en avance llegando a causar daño económico a la institución pública, fondos en avance que ha tratado de camuflar con supuestas compras menores (ficticias) como ser compra de semilla y otros proyectos menores a Veinte Mil Bolivianos (20.000 Bs). 

El Sr. WALTER MARTINEZ VICTORIA al momento de beneficiarse con los recursos económicos públicos procede a firmar contratos en representación del GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE BERMEJO sin tener autorización alguna, desde el momento que ha ocupado el cargo de SECRETARIA DESARROLLO PRODUCTIVO Y MEDIO AMBIENTE ha realizado diferentes fondos de avance, lo más curioso es que  el hecho ilícito cometido por el Sr. Walter Martínez Victoria es de conocimiento de algunos funcionarios públicos que autorizaron los diferentes FONDOS EN AVANCE y no hicieron observación alguna.

EL GOBIERNO AUTONOMO MUNICIPAL DE BERMEJO cuenta con un reglamento interno de fondos de  avance   que  en  su  Artículo  Nº  1 Inciso a) define que los fondos de avance son recursos públicos del Gobierno Municipal con la finalidad de atender una emergencia o efectuar ciertos pagos autorizados.

El presente Art. Da una definición de lo que son los fondos de avance y en qué  casos deben ser desembolsados, en el presente caso no se ha tomado en cuenta y se ha hecho caso omiso a lo que establece el reglamento, prueba de ellos son los fondos de avance desembolsados.

El Sr. WALTER MARTINEZ VICTORIA no solamente se beneficia de fondos de avance del Municipio de Bermejo sino que hace uso de influencia de su cargo para beneficiar a su cuñada la Sra. MARIA MIRANDA OTALORA (representante legal de COMERCIAL MENDEZ) con las compras menores dentro del Gobierno Municipal. El laso familiar se encuentra que la Sra. MARIA MIRANDA OTALORA es hermana de la Sra. María Elizabeth Mamani Otalora, ESPOSA DEL SR. WALTER MARTINEZ VICTORIA.

El proyecto del FONDO INDIGENA  de la ciudad de Bermejo tenía como GERENTE GENERAL al Sr. WALTER MARTINEZ VICTORIA quien hacia la misma operación para beneficiar a su cuñada MARIA MIRANDA OTALORA llegando a adjudicarse   varios  proyectos,  lo  cual también merece investigación minuciosa para que los actos de corrupción realizados por el Sr. WALTER MARTINEZ VICTORIA.

 

Pruebas testificales presentadas en la denuncia:

LIMBANIA TORREZ MENDOZA, funcionaria del Gobierno Municipal de Bermejo.

AURELIO FLORES, funcionario del Gobierno Municipal de Bermejo.

LURDES DELGADO CONTRERAS, funcionaria del Gobierno Municipal.

SADOT TORREJON FLORES, FUNCIONARIO DEL Gobierno Municipal.

FATIMA NIEVES, funcionaria del Gobierno Municipal.

DELFOR BURGOS AGUIRRE, ALCALDE MUNICIPAL DE BERMEJO.

JORGE MOSCOSO CARDOZO, ex funcionario del Gobierno Municipal. (Actualmente denunciado por supuesto delito de violación con detención preventiva en la carceleta de Bermejo)

CIRO ANTONIO CHAVEZ ESTRADA (PAPO) funcionario del Gobierno Municipal. Denunciado por  los delitos de Concusión y enriquecimiento ilícito).

EDWIN RONALD ALARCON POLO, Trabajador del Municipio.

 LEY Nº004 “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO E INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS”

ARTICULO 142 PECULADO:

“La servidora o el servidor público que aprovechando del cargo que desempeña se apropiare de dinero, valores o bienes de cuya

administración, cobro o custodia se halare, será sancionado con privación de libertad de cinco a diez años y multa de dos ciento a quinientos días.

LEY Nº004 “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO E INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS”

ARTICULO 146 USO INDEBIDO DE INFLUENCIAS:

 “La servidora o el servidor público que directamente o por interpuesta persona y aprovechando de las funciones que ejerce o usando indebidamente de las influencias derivadas de las mismas obtuviere ventajas o beneficios, para si o para terceros, será sancionado con la privación de libertad de tres a ocho años y multa de cien a quinientos días.

LEY Nº004 “LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN, ENRIQUECIMIENTO ILÍCITO E INVESTIGACIÓN DE FORTUNAS”

ARTICULO 147 BENEFICIO EN RAZON DEL CARGO:

“La servidora o el servidor público o autoridad que en consideración a su cargo admitiere regalos y otros beneficios, será sancionado con privación de libertad de tres a ocho años y multa de cien a doscientos cincuenta días.

 EL ARTICULO PERIODÍSTICO ES COPIA DE LA DENUNCIA PRESENTADA POR RUFINO TOLABA RODRÍGUEZ AL MINISTERIO PÚBLICO E FECHA 4 DE JULIO DE 2017

 

 

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